Desarrolla la competencia exclusiva de la Generalidad en el ámbito de la estadística, que le otorga el artículo 9.33 del Estatuto de Autonomía. Define el Sistema estadístico de Cataluña y prevé los mecanismos para ir ajustándolo a los cambios que tendrán lugar los próximos años. Establece un sistema de revisión técnica que ha de asegurar la fiabilidad y la validez de todos los proyectos estadísticos de carácter oficial. Incorpora y actualiza las disposiciones referidas al Idescat.
Ordena y planifica la estadística de interés de la Generalidad para el cuadrienio 2006-2009, estableciendo sus ejes estratégicos y objetivos, así como las actividades que están asociadas, las cuales deben desarrollarse en los programas anuales de actuación estadística, a la vez que los criterios de preferencia a tener en cuenta en el momento de ejecutarlas.
Ordena el inicio de los trabajos de elaboración del Proyecto de ley del Plan estadístico de Cataluña 2005-2008, con la ejecución de los procedimientos aprobados por la Junta de Gobierno del Idescat, con el fin de incorporar al mencionado Proyecto de ley del Plan estadístico de Cataluña las propuestas de actividades estadísticas de los organismos que integran el Sistema estadístico de Cataluña, en los términos establecidos en la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña.
El Programa anual de actuación estadística para el año 2008 es el establecimiento y la descripción precisa de las estadísticas de interés de la Generalidad que se deben llevar a cabo a lo largo de este año en forma de actuaciones. El Decreto del Programa anual se ampara en las disposiciones generales de la Ley de estadística de Cataluña e incorpora las novedades de la Ley del Plan estadístico de Cataluña 2006–2009, con los calendarios de disponibilidad de los resultados sintéticos, las estimaciones de costes directos para cada una de las actuaciones programadas y la formalización de convenios de colaboración cuando la actuación estadística recae en dos o más organismos.
Actualiza la organización y el funcionamiento del Idescat adaptándolos a los nuevos retos y objetivos y substituye, en un nuevo texto actualizado, el Decreto 341/1989, de 11 de diciembre, de creación del Idescat, y el Decreto 173/1994, de 14 de junio, de aprobación del Reglamento de régimen interior del Idescat, además de la disposición adicional sexta del Decreto 127/2000, de 3 de abril, de estructuración del Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información.
Aprueba y publica la Clasificación catalana de educación 2000 (CCED-2000).
Aprueba y publica la Clasificación catalana de productos por actividades 1996 Revisión 1 (CCPA-96 Rev. 1).
Aprueba y publica la Clasificación catalana de productos por actividades 1996 (CCPA-96).
Aprueba y publica la Clasificación catalana de ocupaciones (CCO-94).
Aprueba y publica la Clasificación catalana de actividades económicas 1993 Revisión 1 (CCAE-93 Rev. 1).
Aprueba y publica la Clasificación catalana de actividades económicas 1993 (CCAE-93).
Actualiza y completa las listas de códigos del anterior sistema de codificación establecido por la Orden de 25 de febrero de 1993, a fin de poderlos identificar con finalidades estadísticas, y adapta el nuevo sistema de codificación a los cambios de entidades introducidos por la Ley 57/2003 de medidas para la modernización del gobierno local, garantizando un sistema armonizado y orientado a las necesidades de la actividad estadística oficial.